Noticia: Situación de la pesca artesanal en la Unión Europea y perspectivas futuras


Agregada el 21/1/2023, modificada por última vez el 21/1/2023.


Adjuntamos Resolución del Parlamento Europeo de 19 de enero de 2023 sobre la situación de la pesca artesanal en la Unión y perspectivas futuras (2021/2056(INI)) .

En esta resolución se destacan una serie de mandatos a Instituciones y Estados, relacionadas con:

- Reforzar la pesca artesanal a lo largo de la cadena de valor, fomentar el aumento de los ingresos pesqueros y brindar oportunidades de diversificación de los ingresos.

1. Estima que el futuro de la pesca a pequeña escala, costera y artesanal no depende únicamente de medidas sostenibles y a largo plazo, sino también de medidas inmediatas, significativas y eficaces para aumentar los márgenes de beneficio de los pescadores, también a través de asignaciones de cuotas más elevadas de conformidad con los dictámenes científicos; considera necesario reforzar las capacidades organizativas y comerciales del sector y el atractivo de la profesión, proporcionar formación y apoyo específico a los jóvenes y mejorar las condiciones de explotación, en particular para la inclusión de las mujeres a bordo de los buques y en el sector en general, y fortalecer su posición en la cadena de suministro; pide a la Comisión, por tanto, que establezca y aplique, en estrecha cooperación con los Estados miembros, mecanismos de apoyo, en el marco del FEMPA, a la pesca a pequeña escala, artesanal y costera, que permitan abordar los problemas específicos de esta parte del sector;

2. Cree que el futuro de la pesca artesanal requiere que se reconozca su naturaleza específica en la política pesquera común (PPC) y que se adapten los actuales instrumentos con el fin de satisfacer las necesidades de este sector;

- Mejorar las condiciones de explotación y garantizar el futuro de la pesca a pequeña escala, artesanal y costera.

42. Hace hincapié en que la reforma en curso del Reglamento (CE) n.º 1224/2009, sobre el control de la pesca, debe respetar las particularidades de la actividad pesquera artesanal y no sobrecargarla con burocracia, especialmente en materia de geolocalización o envío electrónico de datos de capturas; aboga por un régimen de control especialmente diseñado y adaptado a la realidad y la diversidad de la flota costera artesanal, incluidos el marisqueo y la pesca sin buque, en el que primen la proporcionalidad y la gradualidad.

44. Cree que el uso del espacio marítimo para otros ámbitos de explotación económica no debe poner en peligro los derechos históricos de pesca; considera que la pesca artesanal debe estar plenamente integrada en la planificación estratégica de estas políticas; opina que existe una situación similar en las aguas interiores, donde la pesca artesanal afronta crecientes conflictos por los recursos y el uso de agua dulce, compitiendo con industrias que tienen un impacto negativo en los hábitats ribereños y en los recursos pesqueros;

58. Insiste en que las asociaciones y las cofradías deben ser reconocidas y poder optar a recibir ayuda financiera en pie de igualdad con las organizaciones de productores; pide a los Estados miembros y a la Comisión, en particular en el marco de la reforma de la OCM, que adopten iniciativas al respecto con el fin de eliminar toda discriminación entre las cofradías y las organizaciones de productores;

60. Destaca la importancia de implicar a pescadores artesanales en el proceso de toma de decisiones en los niveles de la Unión, nacional y local, y pide al Consejo y a los Estados miembros que mejoren la transparencia en los procesos de toma de decisiones relativos a la pesca artesanal a fin de garantizar la rendición de cuentas; anima a facultar a las asociaciones de pescadores artesanales para compartir la responsabilidad y el poder de toma de decisiones en la elaboración y la ejecución de planes de cogestión con las autoridades nacionales en comités de cogestión;

61. Destaca que la viabilidad de la pesca artesanal depende decisivamente de la seguridad del acceso a los recursos y los caladeros, por un lado, y a mercados de valor añadido, por el otro; pide, a este respecto, un enfoque diferenciado para la gestión de la pesca artesanal, que incluya acceso prioritario a caladeros costeros;

71. Pide a todos los Estados miembros que valoricen el trabajo femenino en la pesca mediante proyectos específicos y otorgando pleno reconocimiento jurídico al papel de la mujer como colaboradora de la empresa pesquera familiar, a fin de aportarle más garantías laborales, ingresos para el futuro y prestaciones de seguridad social;

TA-9-2023-0019_ES
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