Agregada el 05/7/2022, modificada por última vez el 05/7/2022.
LA OBLIGACIÓN DE DESEMBARQUE
La Subdirección General de Vigilancia Pesquera y Lucha Contra la Pesca Ilegal de la Secretaría General de Pesca quiere recordarles la obligación y la importancia de declarar los descartes realizados en cada marea y de seleccionar los motivos de descarte adecuados en cada caso.
Como saben, ningún descarte declarado será computado contra sus cuotas y no afectará en ningún caso a éstas. Se trata de declaraciones de carácter informativo y con intención de llevar un registro de las especies y cantidades descartadas en cada caladero, para poder analizar y tomar medidas que se adecúen a cada realidad, como por ejemplo el aumento de la cuota de minimis asignada si fuera necesario. Por ello el registro de los descartes a nivel global es una práctica que beneficia a la flota y sus intereses.
Se recuerda que cada descarte lleva asociado su motivo correspondiente:
Todas las especies con cuota son especies sometidas a la Obligación de Desembarque (OD), y por ello no pueden descartarse a menos que cumplan con alguna de las exenciones existentes: de minimis (DIM) o alta supervivencia (HSV). Se adjuntan trípticos explicativos con las especies, por zona y modalidad, que recogen estas exenciones. Se encuentran disponibles también en la página web del MAPA. Los descartes bajo estos motivos se registrarán desde el kg 1.
Las especies no sujetas a la OD (especies sin asignación de cuota) podrán descartarse bajo el motivo “No Sujeto a Obligación de Desembarque” (NOD) y su registro sólo será obligatorio a partir de los 50kg de descarte.
Las especies prohibidas por normativa deberán descartarse y registrarse desde el kg 1 bajo el motivo PRO.
El motivo “Daño por depredadores” (PDM) se utilizará exclusivamente para registrar los descartes de pescado que hayan sufrido daños por depredación, y no podrá ser utilizado en descartes que no cumplan esta exigencia. Su registro también se realizará desde el kg 1.
Se adjuntan a este correo unas instrucciones para facilitarles la declaración de los descartes en el DEA. Cualquier duda que tengan relacionada con este tema, estamos a su disposición en bzn-dea@mapa.es o en el teléfono 91 347 82 69.