Noticia: Avales que garanticen préstamos (Extracto de la Orden de 12-05-2022 que convoca subvenciones del R. D. 388/2021 - SAECA)


Agregada el 24/5/2022, modificada por última vez el 24/5/2022.


Les remitimos copia del Extracto de la Orden de 12 de mayo de 2022 por la que se convocan las subvenciones previstas en el Real Decreto 388/2021, de 1 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la obtención de avales de la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria S.M.E. (SAECA) por titulares de explotaciones agrarias, de operadores económicos del sector pesquero o de industrias agroalimentarias que garanticen préstamos para su financiación.

Les acompañamos asimismo el texto de la Orden de 12 de mayo de 2022, cuyo texto completo también puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/627392

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/concesiones/convocatoria/627381

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/concesiones/convocatoria/627389

Los códigos asignados por la Base de Datos Nacional de Subvenciones corresponden a un mismo texto de la convocatoria.

Beneficiarios. Entre otros:

- Operadores económicos con actividad en la pesca marítima o la acuicultura (CNAE A311 y A32 de la CNAE 2009).

- Armadores o propietarios de buques pesqueros de la lista 3ª de alta en el Registro General de la Flota Pesquera y en posesión de la licencia de pesca en vigor al inicio del periodo de referencia.

- Entidades asociativas pesqueras.

Financiación:

- Importe total de la comisión del aval de SAECA.

- Importe la comisión de estudio del aval de SAECA. En este caso se limitan los beneficiarios, que serán los siguientes, entre otros:

  • Armadores o propietarios de buques pesqueros que no tengan más de cuarenta años.
  •  Solicitantes integrados en una entidad asociativa prioritaria de carácter agroalimentario o en una organización de productores reconocida. Este segundo guión no incluye a las Cofradías de Pescadores.
  • Explotaciones agrarias ubicadas en ámbitos declarados zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil. No hace referencia a las explotaciones pesqueras en la misma situación. El coste de los avales será para la comisión de estudio el 0,50% del importe avalado, por una sola vez a la formalización del préstamo, y para la comisión del aval, el 1,15% anual sobre el saldo vivo del préstamo avalado.

Bases reguladoras. Real Decreto 388/2021, que indica los documentos a aportar y los supuestos de reintegro –circular 88/21-.

Cuantía. La cuantía máxima global será de 2.734.380 €. Se subvencionan los costes de avales por un máximo de 75.000 euros y hasta seis años, pudiéndose incluir un año de carencia.

Para las PYMES de la industria de alimentación y fabricación de bebidas el máximo del aval será de hasta 120.000 €, también por plazo de seis años con la posibilidad de uno de carencia.

Estos límites no se aplicarán a los créditos de las líneas ICO - SAECA, en que se tendrán en cuenta los límites propios de la línea en las operaciones avaladas por SAECA. La subvención y pago del aval se concederá en una sola anualidad, y para su cálculo se considerarán solo los seis primeros años del plazo de amortización del crédito.

Límites en relación con las ayudas de mínimis. La cuantía a cada solicitante la limita la Unión Europea a 30.000 € a las empresas en el sector de la pesca y la acuicultura a 3 ejercicios fiscales.

Plazo de presentación de solicitudes. Comenzará el día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE –se publica hoy- y finalizará a los cuatro meses. Todos los trámites son telemáticos.

Les recordamos de la reunión celebrada en la Secretaría General de Pesca sobre el asunto y enviaba copia del Convenio del MAPA con SAECA en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que prevé movilizar un máximo de 150 millones de euros para el reafianzamiento parcial de avales otorgados por SAECA, entidad participada y tutelada por el MAPA a beneficiarios de créditos con entidades prestatarias – Bancos, Cajas ...- para operaciones a realizar en 20 años.

Por otra parte, les recordamos que no se financian las siguientes operaciones:

- La compra de buques

- Modernización o substitución de motores principales o auxiliares de los buques pesqueros

- Aumento de capacidad de pesca de un buque o equipos que incrementen la capacidad de un buque para localizar peces.

- Construcción de nuevos buques pesqueros o la importación de buques pesqueros.

- Pesca experimental

- Transferencia de propiedad de una empresa

- Repoblación directa, a menos que esté explícitamente prevista como medida de conservación por un acto jurídico de la Unión o en caso de repoblación experimental. 

Extracto Orden 12.5.22 convoca ayudas SAECA avales sector pesquero y otros
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report_Convocatoria SAECA sector agroalimentario 2022B (1)
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